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Comisionado
Residente Acevedo Vilá apoya privilegios a homosexuales que se traduciría en
demandas a Ministerios de
La Ley se llama el Acta de la No-Dicscriminación en el Empleo (ENDA) ( Employment Non-Discrimination Act ). Es el proyecto de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos, Número 2695 radicado el 31 de Julio de 2001. En el mismo aparece nuestro Comisionado Residente firmando el mismo como un co-auspiciador. Curiosamente, durante la campaña eleccionaria del 1999, Anibal Acevedo Vilá afirmó en programas de television cristiana en Puerto Rico que no iba a favorecer privilegios especiales legales para los grupos homosexuales. Hoy vemos todo lo contrario.
ENDA
erroneamente se trata de presentar como una extensión lógica del Título 7
del Acta de Derechos Civiles. Dicha ley se aprobó en los Estados Unidos con
el propósito de proteger los derechos de las minorías raciales. ENDA es otra
cosa, está diseñada para proveerle unas enormes protecciones legales a una
conducta sexual particular - la
homosexualidad. Esta
legislación implica una transformación radical del área de trabajo, que le
daría una consideración especial a los homosexuales, que no tendrían los
demás empleados en ses trabajo. Le otorga a los homosexuales privilegios
especiales, ala vez que ignora el derecho de los empeladores o patronos. Nos
oponemos a esta medida que ha sido derrotada y en ocasiones dejada esobre el
tapete vez tras vez, en los últimos años porque consideramos que el gobierno
federal no debería de imponerle y forzar a negocios o instituciones privadas
a abandonar o negar sus principios morales.
Entre
los detalles que podemos destacar de esta legislación, se encuentran los
siguientes:
·
ENDA
le da una protección especial a un grupo que no se encuentra desventajado.
No existe evidencia, como lo argumentan los proponentes de esta medida y como
vociferan los activistas militantes homosexuales, que por cierto disfrutan,
como grupo, de unos ingresos superiores a los de las familias promedio, de que
estos sufran de una discriminación sistemática que los ha excluído de una
participación plena en los procesos politicos.
·
ENDA
no trata de la discriminación en el empleo.
De
lo que trata es si el gobierno puede obligar legalmente a negocios o
instituciones privadas a acomodar los intentos de activistas homosexuales, de
legitimizar la conducta homosexual. ENDA le requeriría a los patronos
americanos, y a los puertorriqueños ( sí, porque las leyes federales aplican
aquí ) el contratar personas, aunque ellos crean que los mismos están
cometiendo actos inmorales, a contratarlos precisamente porque cometen esos
actos.
·
La
“excepción
religiosa”
incluída en la ley, especificamente excluye cualquier otra actividad
lucrative que pueda tener una organización religiosa.
Para comenzar podemos señalar que la excepción religiosa incluída, para
tratar de aprobar la medida, posiblemente sea retada por los propios grupos
homosexuales una vez se apruebe la misma. En páginas de Internet y
entrevistas con la comunidad homosexual, estos han señalado, que concurriendo
en la “excepción religiosa” no porque creyeran en ella, sino por asuntos
pura y estrictamente de estrategia. Su plan es que de aprobarse la legislación,
algunos grupos homosexuales retarán la claúsula en los tribunales. Pero aún
así, tal y como está redacta la ley a este momento se le niega esa excepción
a organizaciones que tienen un punto de vista religioso, pero no tienen una
conección formal a una iglesia. Instituciones que podían ser blancos de la
ley en estos momentos de ser aprobada esta ley, incluirían a: Campamentos de
Verano cristianos, los Niños Escuchas, las librerías cristianas, las casas
publicadoras cristianas, las estaciones de radio y television cristianas,
colegios cristianos, y cualquier otro negocio con 15 o más empleados.
·
ENDA
obligaría a emplear a homosexuales en ocupaciones inapropiadas.
ENDA descarta el hecho de que hay conductas sexuales ( pedofília, etc., etc.
) que son relevantes a la otorgación de un empleo. Bajo esta ley, patronos en
el area de educación y cuido de niños ( y existen muchos cristianos ) no
podrían negarle el empleo a homosexuales que así lo solicitaran, aun cuando
esos patronos entiendan que esta conducta no representan un modelo o rol
adecuado para niños y jóvenes.
·
ENDA
violaría los derechos constitucionales de patronos y empleados a las
libertades de religion, expresió y asociación.
La legislación propuesta le prohibiría a patronos el tener en cuenta sus más
profundas convicciones al tener que emplear, administrar y otorgar promociones
o ascensos. Esto representaría una intrusion sin precedentes del gobierno
federal en las vidas de sus gobernados.
·
ENDA
ignora los riesgos negativos de salud de la conducta homosexual.
La ley especifica que, “la orientación sexual de un individuo no tiene
relación con la hablidad que pueda tener ese individuo para contribuir
plenamente a la vida civil y económica de la sociedad”. Esto va en dirección
contraria a la enorme evidencia médica que establece que la conducta
homosexual es estremadamente poco saludable y que esta contribuye directamente
a la diseminación de numerosos enfermedades crónicas y no curables.
·
ENDA
confligiría con los derechos soberanos de los estados a regular y prohibir
ciertas conductas sexuales peligrosas.
Esta legislación federal viola los derechos de los estados a fijar la
política pública en relación a conductas sexuales que puedan causar daños
al individuo o a la sociedad –un derecho disfrutado por cada entidad política
soberana.
·
ENDA
aprobaría el traer comportamiento inmoral privado a la esfera pública.
El argumento de que lo que ocurre en el dormitorio de alguien no le incmbe a
nadie es ridículo y no soporta un análisis serio. Desde tiempos inmemoriales
las sociedades han utilizado medios legales y culturales para promover la
institución familiar. Esto es así, por el convencimiento de que la
promiscuidad en todas sus formas tiene unos efectos detrimentales sobre los
individuos y la sociedad en general. Al declarar válidas todas las
preferencias sexuales, ENDA cambiaría la política nacional de apoyar y
favorecer la institución del matrimonio y la familia.
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